La Justicia de Corrientes falló contra la Dirección Provincial de Energía de Corrientes (Dpec) y a favor de familias correntinas, en una causa promovida por el abogado Juan Manuel Cubilla Podestá, en una decisión previa al recurso de amparo presentado por más de 4.000 usuarios, y sobre el cual también se espera un primer resultado judicial.
Concretamente, en este caso la Justicia condenó a la distribuidora de energía correntina a incluir a vecinos en la tarifa social y dejar de cobrarles ilegalmente otros precios.
“Tuvimos este lunes, 31 de marzo, la gran noticia, porque el Juzgado Civil y Comercial Nº4 condenó a la Dirección Provincial de Energía de Corrientes a refacturarles a vecinos del barrio Industrial de la capital provincial, por la aplicación de tarifas indebidas en las boletas de luz”, confirmó el abogado en las redes sociales. Al respecto, expresó: “Estamos muy felices, porque logramos hacer justicia por el padecimiento de estos vecinos que sufrieron los graves abusos de la Dpec. La Justicia nos dio la razón y todos esos vecinos tendrán que ser compensados, porque la energía es un derecho fundamental y no se puede cobrar cualquier cosa”, explicó.
El legista, que tramita este expediente, dijo que el fallo es clave porque se espera que, en otro amparo colectivo, la Sala III de la Cámara Civil de Corrientes falle próximamente en la demanda presentada por más de 4.000 correntinos que solicitaron anular -por ilegales- los aumentos aplicados desde octubre de 2023. “Estamos trabajando con una gran batalla judicial para llevar justicia para la gente que sufre una gran crisis económica y, encima, debe soportar boletas por 150 mil, 200 mil y 250 mil pesos mensuales para un consumo familiar; y comerciantes que se ven obligados a pagar más de un millón de pesos por mes”, explicó.
ALCANCES
En el expediente 196778/19 el Juzgado Civil 4 condenó a la Dpec a incluir retroactivamente a los vecinos del barrio Industrial en la tarifa social, por su condición socioeconómica, lo que implica un saldo a favor por el precio menor que debían facturarles. La distribuidora eléctrica tampoco podrá cobrárles la tarifa residencial simple, que es más cara. “La Justicia ordenó refacturar todos los períodos desde 2019 hasta la fecha, reconociendo el abuso en la facturación y dándonos un gran precedente en esta lucha”, precisó Cubilla Podestá.
Este fallo es significativo, porque la propaganda oficial dice que está disponible la tarifa social para hogares de bajos recursos, pero cuando los usuarios presentan en las oficinas de la Dpec sus trámites para acceder a tal beneficio, son rechazados de manera irregular. El fallo destaca: “El Estado debe velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad de los servicios públicos, ponderando la realidad económico-social concreta de los afectados por la decisión tarifaria con especial atención a los sectores más vulnerables, y evitando, de esta forma, el perjuicio social provocado por la exclusión de numerosos usuarios de dichos servicios esenciales como consecuencia de una tarifa que, por su elevada cuantía, pudiera calificarse de confiscatoria”.