Prorrogan vencimiento de primera cuota del impuesto inmobiliario y retribución de servicios hasta el 28 de febrero

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A través de la Resolución N°178, el Departamento Ejecutivo Municipal dispuso extender el vencimiento de la primera cuota del Impuesto Inmobiliario y Retribución de Servicios del período fiscal 2025. Los contribuyentes podrán abonar hasta el 28 de febrero con los beneficios por buen cumplimiento, ya sea en un pago total o en cuotas, siempre que no registren deudas vencidas impagas.

PRORROGANDO FECHA VENCIMIENTO 1° CUOTA IMPUESTO INMOBILIARIO Y RETRIBUCIÓN DE SERVICIOS – PERIODO FISCAL AÑO 2025
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el Municipio de Goya dejó establecido el Calendario Fiscal de vencimientos de tributos para el periodo fiscal 2025.
Que en dicho calendario se dispuso el vencimiento de la primera cuota del impuesto Inmobiliario y Retribución de Servicios para el día 31 de enero 2025, pudiendo el contribuyente decidir si pagar en cuotas o bien realizar el pago total con los beneficios de buen contribuyente.
Por tal motivo el DEM, considera conveniente prorrogar el vencimiento de la 1° cuota de Impuesto Inmobiliario y Retribución de Servicios periodo Fiscal Año 2025 hasta el dia 28 de febrero del 2025, antes del primer vencimiento o bien en cuotas dentro de los plazos establecidos en el Calendario Fiscal, siempre que no mantenga cuotas vencidas impagas.
Por ello;;;;;;;;;;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: PRORROGAR la fecha de vencimiento de la 1° CUOTA DEL IMPUESTO INMOBILIARIO Y RETRIBUCIÓN DE SERVICIOS – PERIODO FISCAL AÑO 2025, hasta el dia 28 de febrero de 2025, aplicándose hasta dicha fecha los beneficios de buen contribuyente para el pago total o en cuotas.
ARTÍCULO 2°: COMUNÍQUESE, publíquese, dése al R.M., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.