Discapacidad: habló el juez que ordenó devolver la plata de las pensiones

9

El Juzgado Federal Nº 2 de Catamarca hizo lugar a una medida cautelar y ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) a restablecer la totalidad de las pensiones no contributivas por invalidez que se suspendieron en esa provincia. Para cumplir con la obligación, el juez Guillermo Díaz Martínez dio un plazo de 24 horas.

Por la 750, el magistrado explicó por qué tomó esta decisión y con este nivel de urgencia. “Si bien no entré en la cuestión de fondo, que es si es constitucional el decreto que establece este mecanismo de auditorías, la medida cautelar, entendí, no solo acreditaba la defensoría y las partes la verosimilitud del derecho y que podrían representar al colectivo”, comenzó señalado.

Y añadió sobre lo que acredita el fallo: “Establece un dato central: había peligro en la demora. Que estas personas dejen de percibir las pensiones puede provocar un daño irreparable posterior. Porque la pensiones no son solo una cuestión económica, sino que se traduce en salud, en medicamentos”.

La causa se inició con una acción de amparo presentada por el Defensor del Pueblo de Catamarca junto a una asociación de larga trayectoria en la provincia en defensa de las personas con discapacidad y junto a seis ciudadanos de Catamarca, víctimas del ajuste.

El amparo denunció las deficiencias en las notificaciones enviadas por el ANDIS, exigencias desproporcionadas en traslados para validar las pensiones y plazos exiguos para presentar documentación. Los denunciantes sostuvieron que esas condiciones afectaron la posibilidad de ejercer una defensa administrativa adecuada.

Díaz Martínez marcó en su resolución la legitimación extraordinaria al Defensor del Pueblo de Catamarca para actuar en representación del grupo afectado y exigió que se subsane la vacancia prolongada en la Defensoría del Pueblo de la Nación, como también la falta de una ley que regule las acciones colectivas.