Quinta incineración de estupefacientes en jurisdicción federal Goya por un valor de 6 millones de pesos

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Este 30 de agosto de 2023, en la jurisdicción de Goya del fuero federal tuvo lugar el quinto acto público de incineración y destrucción de las sustancias estupefacientes secuestradas en los procedimientos de los departamentos de Goya, Lavalle, San Roque, Esquina y Bella Vista, realizados por las diferentes fuerzas federales: Policía Federal Argentina, Prefectura Naval y Gendarmería Nacional Argentina.

El acto contó con la intervención de las autoridades de salud pública en el cuidado de la misma y del medio ambiente busca cumplir con la normativa procesal que establece que: el artículo 30 de la Ley N° 23.737 establece que “el Juez dispondrá la destrucción, por la autoridad nacional correspondiente, de los estupefacientes en infracción o de los elementos destinados a su elaboración, salvo que pertenecieren a un tercero no responsable o que pudieran ser aprovechados por la misma autoridad, dejando expresa constancia del uso a atribuirles.”
En virtud a ello, el juzgado dispuso el quinto Acto Público de quema y/o incineración (primero anual) en el horno pirolítico de funcionamiento a gas con cámara de quemado, el cual se encuentra ubicado sobre la Av. Perelló al 100 (casi Av. B. Radio) próximo al cementerio “La Soledad” de esta ciudad, el cual depende de la EMPRESA BIOPAZ S.A (EMPAR), SERVICIOS AMBIENTALES de esta ciudad de un total de 3214.48 gr de cannabis sativa (marihuana) con un valor de $ 2.790.168,64 y 726.06 gr de clorhidrato de cocaína cuyas dosis umbrales ascienden a la suma de $3.784.950,78 (según AVALUO ESTUPEFACIENTES ACTUALIZADO: COCAINA KG: $ 5.213.250, 100 GRS: $ 521.325, 1 GR: $ 5.213. MARIHUANA KG: $ 868.875, 100 GRS: $ 86.887, 1 GR: $ 868).-
Desde la apertura de la jurisdicción federal de Goya, en sólo cinco años, fueron tramitadas 443 causas por investigaciones de infracciones a la Ley 23. 737 de estupefacientes. En juzgado y la fiscalía federal están en funcionamiento en la ciudad de Goya desde el 3 de octubre de 2018.
Respecto al término “estupefacientes” comprende los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias susceptibles de producir dependencia física o psíquica, que se incluyan en las listas que se elaboren y actualicen periódicamente por decreto del Poder Ejecutivo Nacional, conforme significación de concepto empleados en el Código Nacional, art. 77.
En el Instructivo de Incineración de estupefacientes (creado por el juzgado, el cual se aprobó dentro del “Programa de Gestión de calidad” del Consejo de la Magistratura de la Nación, del cual es parte el juzgado y cuenta con acreditación NORMAS ISO 9001/2015 la SECRETARIA PENAL a cargo del Dr. Daniel Montiel, secretario con su equipo) sigue los pasos previstos en la normativa legal con el fin es optimizar los procedimientos y conseguir la mayor eficacia como eficiencia en las funciones realizadas y establece: “El Ministerio de Salud de la Nación, como autoridad sanitaria competente, exclusivamente debe intervenir en el proceso de destrucción del estupefaciente que se trate (Res. Nro. 793/2007 Ministerio de Salud de la Nación.
enhttps://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-793-2007-127476/texto ), y Protocolos vigentes del Ministerio de Seguridad de la Nación, (“Protocolo Único para Asegurar la Preservación, Traslado y Custodia de los Estupefacientes y Precursores Químicos secuestrados hasta su efectiva Destrucción” https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/185000-189999/186361/texact.htm y registros aprobado en 2021)…”
Por otra parte, atento a lo dispuesto por el Ministerio de Seguridad de la Nación por Resolución No 122/201 dictada el 17/03/2021 deberá requerirse a las fuerzas federales de la jurisdicción remitan a la DIRECCIÓN DE EVALUACION TECNICA Y GESTION DE LA INFORMACION SOBRE NARCOTRÁFICO dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE NARCOTRÁFICO los datos requeridos en el Anexo IF-2021-20132564-APN-SSICYCJ#MSG MANUAL DE INFORMACIÓN DEL SISTEMA FEDERAL DE DESTRUCCIÓN DE ESTUPEFACIENTES Y PRECURSORES QUÍMICOS (SIFEDESPRE).
En el mismo acto se fijó el sexto acto de quema (segundo anual) para la segunda quincena del mes de octubre de 2023, en razón a que, si bien existe mayor número de sustancias a ser incineradas, las mismas se encuentran en espera de realización de las pericias pertinentes, las que se ven demoradas en razón a que el equipo de cromatografía gaseosa, del Laboratorio Químico de la Unidad de Criminalística y Estudios Forenses de Agrupación III “Corrientes” necesario para realizar las Pericias de Estupefacientes se encuentra “NO OPERATIVO” debido a la ruptura de una pieza fundamental para su funcionamiento (DETECTOR FID) lo que lleva a dicha unidad a coordinar el análisis de las muestras de las causa que se encuentran en trámite en esa dependencia con otras Unidades que cuentan con un equipo de Cromatografía Gaseosa, según turnos asignados- según informe remitido por dicha Unidad Criminalística.
Por ello, previo a realizar la correspondiente destrucción deberán las fuerzas federales que tienen a su cargo la custodia de los estupefacientes dar cumplimiento a la resolución ministerial citada.