Devolución del IVA: qué pasa si tengo más de una tarjeta de débito y dónde me harán los reintegros

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A cinco días de la implementación del programa oficial “Compre sin IVA”, por el que se devuelve el 21% de las compras de productos de consumo masivo con tarjeta de débito, este viernes comenzaron a verse las acreditaciones en las cuentas de los consumidores. ¿Si tengo más de una tarjeta de débito, dónde me harán los reintregos?

Este jueves, el titular de la AFIPCarlos Castagneto, explicó una de las dudas que se hacen muchos de los consumidores que tienen tarjetas de débito con más de un banco. ¿En qué cuenta me harán el reintrego del 21%?

Sobre este punto, el funcionario aclaró: “Si vos tenés más de una tarjeta de débito con distintos bancos, la primera tarjeta de débito que vos utilices va a quedar tildada como la única tarjeta de débito que se puede utilizar para comprar productos de la canasta básica sin IVA“.

Así, para aprovechar el programa, los usuarios deberán usar siempre la misma tarjeta de débito. Ya que si la primera compra se hace con el plástico de una entidad, pero luego se hacen compras con otra tarjeta, esos consumos no tendrán reintegro.

Declarar el CBU ante AFIP: el requisito obligatorio para recibir el reintegro del 21%

Otro aspecto clave a tener en cuenta para recibir la devolución del 21 por ciento de las compras de productos de consumo masivo hecho con tarjetas de débito es que, es necesario tener declarada una CBU ante la AFIP.

La Clave Bancaria Uniforme o Clave Bancaria Única (CBU) es un código público único e irrepetible y compuesto por 22 números que utilizan los bancos para la identificación de las cuentas de sus clientes.

Si no se tiene declarado el CBU, se no puede recibir ningún reintegro, ni depósito directo o beneficio del Estado.Y debe ser el de la cuenta asociada a la tarjeta de débito que se utilizó para las compras de productos incluidos en el programa para recibir la devolución ahí mismo.

La mayoría de los beneficiarios de este programa ya cuenta con CBU declarado, como los empleados en relación de dependencia –que deben cobrar hasta 708 mil pesos brutos para ser alcanzados por la medida–. En estos casos, su Clave Bancaria Uniforme ya fue informada por su empleador al momento del alta en AFIP, por lo que ya tienen asociado su CUIL a su cuenta sueldo.

Además, hay personas que ya lo tienen declarado porque fueron beneficiarios de otros programas que lo requerían en el pasado, como el ATP, que pagaba parte de los sueldos durante la pandemia por el coronavirus.

En el caso de los jubilados, pensionados y beneficiarios de programas sociales (como AUH, Alimentar y otros), tienen asociado su CUIL a su Cuenta de la Seguridad Social, que es una cuenta especial que ANSES les abre para que cobren sus respectivas prestaciones. El reintegro del 21% se les depositará ahí mismo, sin necesidad de informar el CBU a AFIP.

¿Quiénes deben declarar su CBU?

Quienes deben declarar su CBU para acceder a los beneficios del programa “Compre sin IVA” son los monotributistas y los trabajadores de casas particulares. Tambié todas aquellas personas que en la web de AFIP figuren sin ningún CBU registrado.

En caso de tener que declarar la CBU, se debe ingresar a http://afip.gob.ar luego colocar CUIL/CUIT/CDI y clave fiscal y clickear en “Declaración de CBU” en el menú de servicios habilitados, donde se podrá hacer el registro.

Cómo declarar el CBU ante AFIP

Todos los contribuyentes pueden visualizar su CBU declarado en la web de AFIP. En caso de no tenerlo, deben informarlo para recibir la devolución del IVA. Los pasos son los siguientes:

  • Ingresar a la página web de AFIP y acceder con clave fiscal al servicio “Declaración de CBU“.
  • Una vez dentro, el contribuyente podrá visualizar, en el caso de corresponder, el o los CBU informados, los de terceros que se hayan vinculado y los autorizadas para realizar transacciones.
  • Para agregar una nueva CBU, el usuario debe dirigirse al listado de CBU propias y clickear en el botón “Registrar CBU“. El sistema va a solicitar los 22 números de la clave bancaria y el motivo por el que se la quiere registrar: para devoluciones, Mis Facilidades o pago de monotributo.
  • Por último, presionar en “Informar CBU“.
  • Una vez consignado el registro, la entidad bancaria deberá emitir una autorización para el uso del CBU, que será notificada a través del Domicilio Fiscal Electrónico