IPS: presentación de certificados de escolaridad y supervivencia

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El periodo de entrega se extenderá hasta el 15 de diciembre inclusive, en el horario de 7.30 a 17, en las oficinas fijas a las que agregan las Oficinas Móviles como puntos de recepción. Además, queda vigente la posibilidad de entregar de manera digital los certificados, las cuales deben contener necesariamente firma digital o código QR verificable.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Certificado de escolaridad y supervivencia original actualizado (hasta 30 días antes) acompañado con una fotocopia del DNI del afiliado

-Por Esposo/a: Certificado de Supervivencia de Esposo/a.

-Por Hijo/a o menor a cargo: Certificado de Escolaridad – alumno regular).

-Por Hijo/a o menor discapacitado a cargo: Certificado de escolaridad si estudia o Certificado de Supervivencia del menor. También el Certificado de Escolaridad de Pensionados Menores de 21 años.

En todos los casos, la documentación no debe contener enmiendas o tachaduras, distintos colores de tinta, que estén incompletas o ilegibles.

CÓMO Y DÓNDE PRESENTAR

Además, quienes deseen emitir certificaciones vía web deben ser en formato PDF, con la firma digital o código QR a [email protected]

ASUNTO: salario familiar y DNI del afiliado

Modalidad Presencial: desde el lunes 6 de noviembre al 15 de diciembre inclusive en los horarios habituales de atención tanto en sede Central como en las delegaciones del Interior.

Oficinas móviles: el plazo se extenderá desde el 1° de noviembre hasta la última atención del mes de diciembre.

Correspondencia y Correo electrónico: se tomarán como válidas las recepcionadas desde el 1° de noviembre hasta el último día hábil del mes de diciembre de este año. El correo de recepción es [email protected]

A TENER EN CUENTA

Estas mismas pautas se aplican a los casos de los afiliados pensionados menores de edad, entre los 18 y 21 años, a los efectos de continuar percibiendo su beneficio de pensión.

No se está solicitando supervivencia de beneficiarios en general, a excepción del ítem anterior.
Los certificados escolares son por alumno regular. No serán válidas las de inicio ni de inscripción de cursado.

En todos los casos se tomarán como válidas las certificaciones emitidas con hasta 30 días anteriores al 6 de noviembre. Las presentaciones posteriores a este período se considerarán fuera de término, dando prioridad a aquellos que hayan cumplido en tiempo y forma.
Tener presente que las certificaciones no deben estar tachadas, enmendadas ni contener sobrescritos.