Las reformas electorales que propone la “ley ómnibus” de Javier Milei

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El proyecto de “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los argentinos” -conocido como ley Ómnibus– de Javier Milei propone una “reforma profunda del sistema político”, para la cual propone modificar la composición de la Cámara baja, establecer un sistema de circunscripciones uninominales para elegir a los diputados nacionales y eliminar las PASO.

El proyecto propone modificar el artículo 158 del Código Electoral Nacional por uno que establece que: “Los diputados nacionales serán elegidos directamente por el pueblo de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se consideran a este fin como distritos electorales de un solo Estado. A ese efecto, cada distrito se dividirá en un número de circunscripciones igual al número de diputados que se eligenCada elector votará solamente por una lista integrada por un candidato titular y un candidato suplente que deben ser de diferente género”.

En concreto, propone una división de cada territorio en partes o circunscipciones -que determinaría el Poder Ejecutivo en base al Censo 2022- dependiendo de la cantidad de bancas a ocupar en la Cámara baja. Así, se presentaría un candidato único por circunscripción.

“El sistema electoral de listas cerradas beneficia solamente a aquellos con el poder de determinar la integración de las mismas en vez de otorgarle el poder a la ciudadanía. La representación bien entendida es la piedra fundacional de la Democracia Liberal y para ello es esencial que los intereses de representantes y representados estén alineados. El sistema de circunscripciones uninominales pretende resolver esa disociación entre el interés del político y el interés del ciudadano“, argumenta el texto.

El proyecto, además, modifica el artículo 450 que refiere a la composición de la Cámara baja, y lo reemplaza por el siguiente texto: “El número de diputados nacionales a elegir será de uno por cada 180.000 habitantes o fracciónno menor de 90.000”.

Otro de los puntos establece la “eliminación de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias“, lo cual argumenta “le devuelve la autonomía a los partidos políticos para que decidan sus candidatos a cargos nacionales de la manera que consideren más apropiada, a la vez que le quita el peso al contribuyente de tener que estar financiando de manera compulsiva la actividad políticaque es, en esencia, un interés particular de un sector de la sociedad”.

Las PASO se establecieron en diciembre de 2009, como un método de selección de candidaturas para cargos públicos electivos nacionales. Son abiertas porque la selección de las candidaturas no queda reservada a los afiliados/as de los partidos, sino que se amplía a todo el electorado. Son simultáneas, porque en un mismo día y en el mismo acto electoral todas las agrupaciones dirimen sus precandidaturas de manera conjunta para todos los cargos electivos nacionales en disputa. Son obligatorias para toda la ciudadanía habilitada para votar.

Todas las agrupaciones políticas que deseen participar de la elección general deben participar de las primarias. Para que una agrupación pueda competir en la elección general debe superar una cantidad mínima de votos del 1,5% del voto válido emitido en el distrito.

Además, la ley estipula que es a través de las PASO como las fuerzas políticas definen cómo será la lista de candidatos que le presentarán a la ciudadanía en la elección general. Ninguna persona o agrupación que no haya atravesado las PASO puede presentarse en la elección general.