El Ejecutivo nacional eliminó el Registro Único de Transporte Automotor para Cargas (R.U.T.A.) a través del Decreto 1109/2024, publicado en el Boletín Oficial este jueves. “La seguridad del transporte se garantiza por el buen estado del vehículo y por contar con la licencia de conducir y con los seguros exigidos ante el eventual caso de un siniestro”, indica la resolución.
La medida, impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, según anunciaron, tiene como objetivo agilizar los trámites y eliminar barreras administrativas en el sector.
“El R.U.T.A. era un procedimiento que implicaba costos económicos y pérdida de tiempo para los transportistas, ya que debían actualizarlo anualmente”, señalaron desde la cartera y afirmaron que “con su eliminación, se busca liberar al sector de un registro considerado inútil e innecesario”.
Asimismo, comunicaron oficialmente que la supresión del R.U.T.A. no afecta las normas de seguridad ni los aspectos operativos. El sistema estaba en vigencia desde enero de 2003 y era obligatorio para todo transporte de carga que supere los 700 kilos.
La decisión del Gobierno libertario culmina el proceso que comenzó en septiembre de este año, cuando la inscripción en el R.U.T.A. se volvió electrónica, declarativa y gratuita y solo para vehículos que cargan más de 3,5 toneladas. Ahora, con la eliminación completa del registro para el transporte de carga, se busca dar de baja por completo la “carga administrativa para los transportistas”.
En el caso del transporte de carga peligrosa, el mismo decreto dispuso que “por tener requisitos específicos, se ajustará al régimen que se reglamente” conforme a la normativa actual sobre seguridad vial.
La decisión detalla que quienes no cumplan los requisitos exigidos serán pasibles de multas “que se graduarán en Unidades de Sanción Económica, cada una de las cuales equivale al precio de 100 litros de gasoil”. Y en este sentido, las sanciones “se convierten a su equivalente en moneda corriente al momento de efectuarse el pago”. EL monto máximo establecido es de 1000 unidades por falta y de 5000 en caso de concurso o reincidencia.
Dentro del esquema de la Ley Bases, el decreto argumenta que “resulta necesario avanzar hacia un modelo económico que promueva la desregulación y la eliminación de barreras que obstaculizan el crecimiento y la innovación, devolviendo a la sociedad la posibilidad de prosperar sin condicionamientos arbitrarios.