Javier Milei y su ómnibus rumbo a la mercantilización del país

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Las columnas de las centrales sindicales todavía estaban desconcentrando en la Plaza de Tribunales cuando Javier Milei envió al Congreso un megaproyecto que opacaría, en pocos minutos, el decretazo desregulador de la semana pasada. No quedó tema sin tocar ni prerrogativa sin apropiarse: privatizaciones de todas las empresas del Estado, endurecimiento de las penas para las manifestaciones, reemplazo del sistema de votación y de representación popular, flexibilización de normas ambientales, suspensión de la fórmula de movilidad jubilatoria, reforma del sistema educativo.

El megaproyecto que se tratará en sesiones extraordinarias incluye 351 páginas y más de 664 artículos que buscan abarcar una transformación estructural de todos los temas que competen al Estado —penales, tributarios, económicos, educativos, sociales— en un solo texto a tratar durante el verano. Y no solo eso: encabeza la ley ómnibus de La Libertad Avanza una declaración de emergencia que pretende que le deleguen facultades legislativas al Ejecutivo por dos años. Una corona para Milei en nombre de la libertad de mercado.

“Les aviso que hay más”, advirtió Milei hace una semana, horas después de haber presentado el DNU, y no mentía. Mientras todas las cámaras apuntaban a las calles del centro porteño, donde la CGT y otras organizaciones se habían movilizado en contra del decretazo, Guillermo Francos se trasladaba de Casa Rosada a la Cámara de Diputados para entregarle a Martín Menem un paquete de más de 300 hojas envuelto en un moño con la bandera argentina. El título, pomposo, decía: “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”. Y Menem le prometió que lo llevaría al recinto “lo antes posible”, a pesar de que, como la inmensa mayoría en LLA —excepto Federico Sturzenegger y unos pocos funcionarios—, era la primera vez que veía el texto. Adentro estaría, en un juego dudosamente legítimo de mamushkas, el mismo DNU.

Todo el poder a Milei

Ya en el primer capítulo, Milei anticipa que no busca ayuda del Congreso para gobernar. El proyecto declara la emergencia pública en materia “económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025” y define delegarle al Ejecutivo facultades legislativas para intervenir sobre cualquiera de aquellas áreas. Es decir le delega facultades extraordinarias por dos años, con la posibilidad de prorrogarlas dos años más.

“Milei es el jefe de Estado que quiere cerrar el Estado”, ironizó un dirigente peronista mientras salía del despacho de la bancada de Unión por la Patria en el tercer piso de la Cámara de Diputados, donde se habían reunido legisladores y gobernadores. Había malestar y la delegación de facultades solo había servido para confirmar lo que sospechaban desde la presentación del DNU: Milei pretendía gobernar salteándose el Congreso o, mejor dicho, concentrando en sí las facultades del Poder Legislativo. Si bien es una prerrogativa del Ejecutivo inscripta en el artículo 76 de la Constitución —Alberto Fernández declaró la emergencia económica fiscal y sanitaria apenas asumió—, ningún legislador (peronista, PRO o radical) recordaba que otro presidente se hubiera arrogado este nivel de facultades.

La vocación de evitar lo máximo posible al Parlamento se percibió, luego, en varios artículos. La derogación de la Ley de Fortalecimiento de Sostenibilidad de la Deuda pública, sancionada para evitar que nuevamente un presidente pueda tomar 45 mil millones de dolares de deuda al FMI sin pasar antes por el Congreso, fue muestra de ello. De aprobarse esta ley, Milei podría endeudarse con organismos extranjeros sin pasar por el filtro de las dos cámaras.

El proyecto también prevé suspender la fórmula de movilidad jubilatoria por un tiempo indeterminado. Y propone, en cambio, que sea el propio Ejecutivo el que establezca “aumentos periódicos” cuando lo considere necesario.  En la misma línea, transfiere al Tesoro Nacional el Fondo de Garantía y Sustentabilidad —creado luego de la estatización de las AFJP y que funciona como fondo contracíclico para sostener el pago de jubilaciones ante escenarios de crisis—.

Una de las sorpresas, por otro lado, fue la incorporación del mismo DNU en el texto de la ley: más de 300 derogaciones y modificaciones de leyes sintetizadas en un solo punto de los más de 600 artículos de la ley. En principio, el proyecto solo propone, en el artículo 654, ratificar el DNU 70/23, buscando de esta manera sortear el trabajo de la Comisión Bicameral de Trámite Parlamentario. Los alcances —y su legalidad—serán discutidas en los próximos días pero, en principio, su inclusión habilitaría tratar el tema en sesiones extraordinarias (e, incluso, habilita el dictado de una medida cautelar, tal como precisa el constitucionalista Andrés Gil Domínguez).

Privatizaciones

Lo había deslizado Milei durante la campaña y, finalmente, lo confirmó. “Atendiendo la necesidad de concentrar la actividad del Estado en sus funciones esenciales, se dispone la privatización de determinadas empresas públicas”, explica el proyecto, abriendo la puerta así a disponer de la privatización de todas las sociedades y empresas del Estado con el objetivo de “generar mayor competencia y eficiencia económica, reducir la carga fiscal, mejorar la calidad de los servicios, promover la inversión privada y profesionalizar la gestión de las empresas”.

Son 41 empresas “sujetas a privatización”: Aerolíneas Argentinas, ARSAT, AySA, Banco de la Nación, la Casa de la Moneda, Correo Argentino, Fabricaciones Militares, Ferrocarriles Argentinos, Télam, YPF, entre otras.

Protestar no, disparar sí

El megaproyecto dedica particular atención a penalizar la protesta social y, en cambio, extiende la definición de “legítima defensa” para flexibilizar las consecuencias de la mano dura de las fuerzas de seguridad. En el artículo 396 modifica el Código Penal de manera tal que agrava las penas para las personas que se manifiesten en la calle e, incluso, a los que “dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación”. Lo más polémico es que pasa a entender por “manifestación” a cualquier “congregación intencional y temporal de tres o más personas“.

Por otro lado, habilita también a que no perciban ninguna pena quienes hubieran obrado “en cumplimiento de un deber”, partiendo de la base de que “la proporcionalidad del medio empleado debe ser siempre interpretada en favor” de la fuerza de seguridad, así como quien obrase en “virtud de obediencia debida“.

Retenciones

La iniciativa pone un piso mínimo del 15 por ciento para todas las exportaciones. Las excepciones son las que se hicieron públicas en los últimos días por presión del sector agropecuario (que consiguió mantener en cero las retenciones a 18 economías regionales). Para el sector vitivinícola y subproductos del limón, y para el sector de hidrocarburos y minería, se mantienen congeladas en 8 y 4,5 por ciento, respectivamente.

Educación, salud y ambiente

El megaproyecto tiene pretensiones de legislar sobre todos los aspectos de la vida de las personas. No son solo reformas electorales o tributarias, sino también educativas: autoriza, por ejemplo, a las universidades a arancelar la educación “de extranjeros no residentes”. Incluye, a su vez, reformas insólitas, como la directiva de que los jueces deberán “vestir toga negra y usará un martillo para abrir y cerrar las sesiones” o la habilitación de la reventa de entradas.

No dejó tema sin tocar, ni siquiera los culturales. El proyecta deroga el Fondo Nacional del Teatro, el Fondo Nacional de las Artes y reemplaza el mecanismo de asignación de fondos de las Bibliotecas Populares.

También afecta varias reivindicaciones en materia de género, por ejemplo la que refiere a la ley de cupo femenino, que no se aplicaría de acuerdo al sistema de circunscripciones uninominales. También modifica la ley de los Mil Días, que había sido sancionada en paralelo a la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo con el objetivo de fortalecer los derechos de las personas gestantes durante el embarazo y hasta los 3 años de vida del niño o niña. El artículo 504, sin embargo, reemplaza “personas gestantes” por “madres” y considera que el acompañamiento de los niños es “desde la concepción”, chocando así con lo que dice la ley IVE.

Como si fuera poco, deroga, a su vez, la existencia del INADI en el artículo 348.

Incluye, por último, varias regresiones en materia ambiental. Modifica la Ley de Bosqueshabilitando el desmonte en zonas antes prohibidas y le quita el financiamiento proveniente de las retenciones. Modifica, a su vez, la Ley de Glaciares para permitir la actividad minera en ambientes periglaciares.